Reforma Ley Propiedad Intelectual
19 mayo, 2015
Como ya sabemos, el pasado 05 de noviembre se publicó en el BOE una reforma del artículo 157 de la Ley de Propiedad Intelectual en lo relativo al establecimiento de tarifas generales.
Dicha reforma ha eliminado la potestad que hasta ahora tenían las entidades de derechos de propiedad intelectual, como la SGAE, AGEDI y la AIE, de fijar tarifas generales a los hosteleros, unilateralmente, sin atender más que a sus propios criterios; por lo que asegura mantener un consenso con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), asi como previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
En torno a esto esta nueva ley plantea la creación de una ventanilla única, sistema que facilitará la centralización de las operaciones de facturación y el pago de los usuarios como medida de reducción de costes y de los importes para el sector de la restauración.
No obstante no concreta su funcionamiento ni lo más importante, si el pago es único y liberatorio para el usuario por lo que ya no podría reclamarle ninguna entidad de gestión nada por ningún tipo de concepto.
Así pues, los hosteleros, el Gobierno y los sectores y agentes interesados tendrán el plazo de un año para elaborar propuestas que esclarezcan el sistema de la ventanilla única. El plazo para crearla venció el pasado cinco de abril pero la reforma ya se adelantó ante este posible desacuerdo. Llegada esta fecha, será la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte quien podrá (potestativo) dictar los términos en que ha de desarrollarse esa ventanilla única.
No obstante, la citada orden no se ha publicado todavía y han pasado cinco meses desde la publicación de la reforma por lo que la determinación del nuevo marco legal acorde al que se han de recalcular las nuevas tarifas todavía no ha visto la luz.
Por último, el 10 de abril el Gobierno finalizaba el plazo para transponer la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero relativa a la gestión de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior, aunque si bien es cierto, bastante de los aspectos aquí regulados ya quedaron plasmados en la reforma de la Ley nacional recogida anteriormente.